http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Educación física escolar durante la I Restauración (1875-1931): Aspectos curriculares Physical education in elementary school during Spanish 1st. Restoration (1875-1931): Curricular aspects Antonio D. Galera Pérez Universidad Autónoma de Barcelona Fecha de recepción del original septiembre: 2020 Fecha de aceptación: octubre 2020 Sesión de baño de mar durante una excursión de la Escuela Pública “Joan Bruguera”, de Gerona, hacia 1920. Fuente: Marqués Sureda, S. y Puigbert Busquets, J. (1986). 75 anys del Grup Escolar de Girona. 1911-1986. Girona: Escola pública “Joan Bruguera”, p. 18. Resumen Durante la I Restauración se produce en España una progresiva regulación normativa de los pla- nes de estudios escolares, tanto en el nivel de Párvulos como en el de las Escuelas primarias. Destaca en ellos la presencia de aspectos relacionados con la educación física o sus paradigmas educacionales, con más frecuencia y elaboración en las Escuelas de párvulos y en las llamadas colonias escolares que en el propio nivel de las Escuelas primarias. Se produce asimismo un do- cumento pedagógico oficial, la Cartilla Gimnástica Infantil, anterior a cualquier otro destinado a las demás materias escolares. -24- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Palabras clave Historia de la Educación Física; Historia de la Educación; Educación Primaria; Planes de estu- dios. Abstract During the Spanish 1st. Restoration (1875-1931) there is a progressive legal regulation of school curricula, both in the Preschool level and in the Elementary education. It highlights in them the presence of aspects related to physical education or its educational paradigms, with more frequency and elaboration in nursery schools and in the so-called school colonies than at the level of elementary schools. An official pedagogical document is also produced, the Children's Gymnastic Card, prior to any other intended for other school subjects. Key words History of Physical Education; History of Education; Elementary Education; Curriculum regula- tions. A. Preámbulo Este artículo es el primero de una tetralogía en la que se analiza la evolución de los contenidos didácticos de la Educación Física prescritos por la legislación educativa española para la Ense- ñanza primaria o Primera enseñanza en tres períodos significados de nuestra Historia educativa: la I Restauración (1875-1931), la II República (1931-1939), y el que hemos dado en denominar altofranquismo educativo (1936-1970). La metodología común, que nos servirá de nexo de comparación evolutiva, se basa en el análisis sintético de cuatro aspectos curriculares: los contenidos de enseñanza prescritos por la Adminis- tración educativa, los horarios asignados, las orientaciones didácticas emitidas y los cuestiona- rios o manuales oficiales específicos. En la transcripción de citas textuales se ha respetado la grafía y sintaxis de las fuentes. En este artículo se presenta la evolución de los mencionados aspectos durante el primer período, hasta 1931. B. El marco legal Desde el punto de vista de la presencia normativa de la educación física en la Primera enseñanza, el período anterior a la II República puede dividirse en dos fases. En una primera, asistimos a una temprana regulación en los grados de edades más jóvenes, correspondientes a las Escuelas de párvulos y las Escuelas maternales; la segunda se caracteriza por el desarrollo incipiente de la materia en los grados obligatorios de la enseñanza. Durante el período estudiado en este artículo, la regulación legal de la Primera enseñanza estuvo regida por la Ley Moyano, de 1857, que estaba a su vez inspirada por la Ley Someruelos, de 1838; ni una ni otra contemplaban específicamente aspectos de educación física, aunque en la normativa de desarrollo de la Ley Moyano se detecta la presencia de consideraciones corporales. -25- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Es así en los planes establecidos para las Escuelas destinadas a los niños y niñas menores de seis años, de asistencia no obligatoria: la Escuela-modelo de párvulos (Real orden de 23 de Noviem- bre de 1878, Orden circular de 14 de Noviembre de 1893, Real orden de 20 de Marzo de 1914), el resto de Escuelas de párvulos (Real decreto de 26 de Octubre de 1901, Art. 3.º), e incluso las Escuelas maternales, una variante de las de párvulos (Real decreto de 2 de Junio de 1922). Es así también en las Escuelas de asistencia obligatoria, a partir de los seis años de edad: Escue- las graduadas anexas a las Normales (Real decreto de 29 de Agosto de 1899), cuyo plan de acti- vidades es extendido a todas las demás Escuelas graduadas en 1918 (Real decreto de 19 de Sep- tiembre de 1918), o para el resto de Escuelas primarias, la mayoría, que eran unitarias (para ni- ños o para niñas) o mixtas (ambos géneros) (Real decreto de 26 de Octubre de 1901). C. Contenidos específicos Antes de 1931, los contenidos o, utilizando la denominación de la época, ‘materias’ que consti- tuían la educación física de la Primera enseñanza según el ordenamiento normativo eran más ricos y profusos en las Escuelas maternales y de párvulos que en las Escuelas primarias. 1. Escuelas de párvulos La primera regulación de este nivel en que aparecen alusiones explícitas relacionadas con para- digmas educacionales de educación física 1 es una Real orden de 1878, destinada a un solo centro educativo, pionero en su género: la escuela-modelo de párvulos denominada Jardines de la In- fancia, creada en 1876 2 y que perduraría con esta denominación hasta 1964. 3 El Reglamento de este moderno aunque exclusivo centro educativo contemplaba, en efecto, juegos gimnásticos, juegos manuales, las marchas, el canto, los trabajos manuales e incluso prácticas de jardinería, agricultura y botánica en su plan de ejercicios (Real orden de 23 de Noviembre de 1878, Art. 2.º). Otra institución con amplia presencia de educación física, y asimismo de cierta exclusividad, fueron las llamadas Escuelas maternales, que desde su creación en 1922 dispusieron de un plan que contemplaba canto, juegos, paseos, trabajos manuales y ejercicios físicos tales como la dan- za (Real decreto de 2 de Junio de 1922, Art. 7.º). El resto de las Escuelas de párvulos, por otra parte, escasas, no dispusieron de prescripciones sobre sus contenidos de enseñanza hasta 1884, en que un Real decreto estableció sus “materias de enseñanza”, entre las que encontramos el canto. (Real decreto de 4 de Julio de 1884, Art. 10). Habrá que esperar hasta 1901 para que a las Escuelas de párvulos se les apliquen las mismas prescripciones de materias que a las Escuelas primarias, y por tanto se contemplen también en ellas, además del canto, la práctica de ejercicios corporales, los trabajos manuales, y nociones de Higiene y de Fisiología humana (Real decreto de 26 de Octubre de 1901, Art. 2.º). De forma 1 Galera Pérez, Antonio D. (2001). Objeto de la educación física: paradigmas educacionales. Manual de didáctica de la educación física. Una perspectiva constructivista integradora. Volumen I: Funciones de impartición (pp. 23-27). Barcelona: Paidós. (Paidós Educación Física, 45). 2 Real decreto de 31 de marzo de 1876 [Ministerio de Fomento] (Gaceta de Madrid, 95/1876, de 2 Abril, p. 14). 3 Decreto 91/1964, de 16 de enero, sobre supresión de la escuela [Modelo] de párvulos «Jardines de la Infancia», de Madrid [Ministerio de Educación Nacional] (BOE, 22/1964, de 25 enero, pp. 1106-1107). -26- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 similar, en 1918 se incluye para las Escuelas de párvulos la práctica de paseos y excursiones (Real orden de 10 de Abril de 1918). 2. Escuelas primarias Hablando en puridad, deberíamos considerar también como Primera enseñanza la que se ofrecía en las Escuelas preparatorias de los Institutos de Secundaria, dedicadas a preparar el ingreso en dichos centros de los niños ‘adelantados’, lo que anticiparía a 1861 el momento en que por pri- mera vez se prescribe la educación física en este nivel educativo, 4 pero estas Escuelas eran mino- ritarias, acogían a un alumnado de élite, y además estaban reguladas por la Administración de Segunda enseñanza. Otro precedente anterior a 1875 cabe situar en la efímera reforma de 1868 (Galera Pérez, 2018a), en que se prescribieron las siguientes materias relacionadas con paradigmas de educación física:  sólo para los niños, dibujo con aplicación a las artes y oficios, y nociones generales de hi- giene;  sólo para las niñas, labores usuales, y labores delicadas;  tanto para niños como para niñas, canto. El primer documento normativo que regula durante la I Restauración materias de educación físi- ca en las Escuelas de Primera enseñanza es el Reglamento de Escuelas graduadas de 1899, y no con carácter general, pues sólo se aplicaba a las anejas a las Normales. En otro lugar ya quedó reflejado, al hablar de los planes de estudios de estas Escuelas (Galera Pérez, 2018a), que todas las materias que ampliaban en dichas Escuelas el plan de estudios vigente tenían relación con aspectos o paradigmas educacionales de la educación física: trabajo manual, cantos sencillos y práctica de paseos y excursiones. Hasta 1918, el plan de estudios de las Escuelas graduadas estaba regulado de forma diferente al de las Escuelas unitarias o mixtas. Así, las aludidas materias prescritas en 1899 para las Escuelas graduadas serán incorporadas más tarde al plan de estudios del resto de Escuelas primarias. En 1901, se añaden el canto y los trabajos manuales, y en 1918, la práctica de paseos y excursio- nes. En esta importante reforma de 1901 surgen dos nuevas materias específicas, que se incorpo- ran también a todas las Graduadas en 1918: nociones de higiene y de fisiología humana, en cuyo programa se incluían aspectos de educación física, y ejercicios corporales. 4 Real decreto de 6 de Noviembre de 1861: «Art. 35. Ocupación frecuente será la de los ejercicios físicos en el gimnasio por edades y bajo la dirección del Maestro.» -27- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Educación física. —Ejercicio de la cuerda, ejecutado por los niños de las Escuelas públicas en San Sebas- tián. (Foto Carte). Armas y Deportes (Madrid), 1 de agosto de 1925, p. 2. D. Horarios Encontramos la primera prescripción equiparable a cierta regulación normativa de los horarios de educación física en 1899: «En las Escuelas graduadas anejas á las Normales será obligatoria, por lo menos una vez á la semana en cada sección, la práctica de paseos y excursiones escola- res.» (Real decreto de 29 de Agosto de 1899…, Art. 29). Obligación que en 1918 se convierte en recomendación para el resto de Escuelas Nacionales (Real orden de 10 de Abril de 1918…, Condición 1.ª); en todo caso, esta práctica de paseos y excursiones solía ser objeto de frecuente regulación en la época, como recomendación para las tardes de los jueves, pero además estaba sujeta inicialmente a limitaciones administrativas (auto- rización previa de una Junta, a partir de 1908, o al menos de la Inspección, desde 1911), que se suavizaron notablemente a partir de 1918 (Galera Pérez, 2015). No hemos encontrado ninguna otra prescripción normativa que permita al menos hacerse una idea del tiempo dedicado a educación física; de hecho, tampoco se ha conservado ninguna que estableciera algún tipo de distribución temporal de las materias de la Escuela de la I Restaura- ción, que quedaba en manos de los maestros y maestras de cada Escuela (Galera Pérez, 2018a). E. Orientaciones pedagógicas Antes de la publicación de la Cartilla Gimnástica Infantil de 1924, primer documento que po- demos considerar “cuestionario” o, mejor, “manual” oficial de educación física escolar (Galera Pérez, 2018b), encontramos en nuestra legislación educativa bastantes alusiones al enfoque pe- dagógico de las materias contempladas en dicha educación física escolar, alusiones mucho más -28- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 profusas y ricas que las destinadas al conjunto de asignaturas de la Enseñanza primaria, a las cuales no veremos despuntar normativamente hasta el decenio de 1930 (Galera Pérez, 2019). A efectos metodológicos, distinguiremos entre las orientaciones planteadas para las Escuelas de párvulos y maternales, de asistencia no obligatoria, para las Escuelas primarias, obligatorias, y para las Colonias escolares, de asistencia recomendada para niños, y en menor medida niñas, cuyos ambientes hogareños ponían en riesgo su salud (Galera Pérez, 2015). 1. Escuelas de párvulos y maternales La Escuela-modelo de párvulos fue objeto en 1893 de una atención especial por parte de las au- toridades educativas, hasta el extremo de que se preocupan de dar precisas orientaciones incluso sobre la enseñanza de la “gimnástica” (la denominación original en el Plan de “ejercicios” era la de “juegos gimnásticos”) (Orden de 14 de Noviembre de 1893): — Para la práctica de ejercicio debe escogerse un sitio al aire libre, y si se verifica en un local cubierto, debe ser éste espacioso y ventilado. — Antes de ejercitarse, los niños deben desprenderse de vestidos de gran abrigo y de todo cuanto pueda comprimir el cuello, pecho, abdomen y corvas. — Los alumnos deben distribuirse por grupos (“secciones”) para la aplicación del régimen en las mejores condiciones. — Se recomiendan la gimnasia sin aparatos, los ejercicios naturales, de agilidad y de soltura, la llamada de sala, la sueca, la marcha, el salto, la carrera “sin exceso”. — Se destina a un profesor de Gimnasia, para que dirija metódicamente (“con régimen”) los ejercicios. — No se recomienda la gimnasia con aparatos; aunque la decisión sobre su inclusión se deja a los criterios del médico y del profesor de Gimnasia. — Urge la formación [hoy diríamos “redacción”] del programa de la enseñanza de canto, «por constituir el más excelente ejercicio físico para la respiración.» Deberemos esperar hasta 1931 ó 1932, ya en plena República, aunque limitadas a una sola ciu- dad, para encontrar ulteriores orientaciones pedagógicas para este nivel educativo. 2. Escuelas de Primera enseñanza En lo relativo a las Escuelas de Primera enseñanza, encontramos una pionera regulación pedagó- gica en el efímero plan de 1868. Fuera de este proyecto fallido, sólo podemos encontrar un refe- rente pedagógico normativo sobre educación física escolar anterior a 1931: las prescripciones sobre paseos y excursiones. a) Reglamento de 1868 La efímera Ley de Instrucción primaria de 1868, promulgada el 4 de junio, y su desarrollo re- glamentario (Real decreto de 10 de Junio de 1868), debidos al ministro de Fomento conservador Severo Catalina poco antes de la Revolución Gloriosa, que fueron anulados en octubre (decreto- ley de 14 de Octubre de 1868), inmediatamente después del triunfo de ésta, es el primer texto -29- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 normativo del liberalismo en que se contemplan orientaciones pedagógicas que tienen en cuenta la dimensión cinantropométrica de los escolares: 5 «Para no fatigar a los discípulos, deberán mediar breves ejercicios ó movimientos entre una lec- cion y otra, de modo que sin distraerlos del estudio les sirvan de descanso. Con este mismo fin, á la hora y media ó dos horas de haber principiado la clase se interrumpirá por algunos momentos por medio de cánticos ú otros ejercicios en que tomen parte todos los alumnos. »En las Escuelas en que por no tener más que una leccion al dia se prolongare su duracion, se in- terrumpirá la clase á la mitad por espacio de media hora por lo menos, en que se dejará salir á los alumnos al patio,… en todo caso, á la vista del Maestro.» (Real decreto de 10 de Junio de 1868… reglamento de Instrucción primaria, Art. 339). Asimismo, se establecía una medida higiénica relacionada con la educación física: «El Maestro cuidará del aseo y ventilación de la Escuela antes de las horas de entrada de los niños y durante los ejercicios.» (Real decreto…, Art. 342). b) Paseos y excursiones escolares Los paseos y excursiones fueron objeto de numerosas regulaciones para su práctica en las Escue- las de párvulos y de primera enseñanza, y en no pocas de estas regulaciones aparecen orientacio- nes pedagógicas, lo que contrasta con la ausencia de éstas en otro tipo de actividades, tanto espe- cíficas de educación física, como generales para el resto de materias de la Escuela. La concepción pedagógica de los paseos era precisamente su realización a pie, pero eso mismo sucedía por lo común con las excursiones; hay que tener en cuenta que, como mínimo hasta me- diados del siglo XX, la escasez de medios de transporte capaces, frecuentes y baratos, obligaba a que muchas de estas excursiones fueran realizadas normalmente a pie, por lo que constituían una forma económica y sana de hacer ejercicio físico, aparte de sus finalidades pedagógicas intelec- tuales o vivenciales, tales como conocimiento del medio, estudio de obras de arte, evocaciones históricas, observación de la Naturaleza, coleccionismo, etc., que incluso en las normativas de la Administración eran invocadas con una perspectiva que hoy denominaríamos interdisciplinar. A estos beneficios habría que añadir la relación interpersonal que se produciría entre las personas participantes, en un ambiente más distendido que el del aula. En la mayoría de las disposiciones relacionadas con los paseos y excursiones escolares encon- tramos algún tipo de orientación pedagógica, no pocas veces la única; de entre ellas destacamos las siguientes: En el Reglamento de Escuelas Graduadas anejas a las Normales de 1899, la única prescripción que podemos considerar de tipo pedagógico relacionada con las actividades se refiere precisa- mente a la práctica semanal de paseos y excursiones, para cuya programación deberán los Maes- tros Auxiliares informar del objeto, itinerario y hora de realización prevista para cada una (Real decreto de 29 de Agosto de 1899…, Art. 30). 5 En educación, desde hace algunos años, entiendo por cinantropometría la medición del grado de importancia que tenga la presencia diferencial, en cada asignatura o materia, de contenidos relacionados con los paradigmas de la educación física (Galera Pérez, op. cit., 2001), y para cuya mejor asimilación sería condición necesaria la práctica corporal o motriz en su metodología de impartición; como corolario, puede denominarse dimensión o perspectiva cinantropométrica a aquélla que tiene en cuenta, en la aplicación pedagógica de los saberes y métodos, los canales cinestésicos de transmisión didáctica (Galera Pérez, 2018a). -30- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 En una reforma administrativa de 1908 de las Juntas locales de Primera enseñanza, organismos encargados de la supervisión de las escuelas, se hace asimismo una indicación pedagógica, ex- clusiva para paseos y excursiones, cuya autorización potestativa estaba atribuida a dichas Juntas: «En los indicados paseos y en las excursiones escolares se procurará, á la vez que la higiene, darles un carácter docente, y el Maestro designará los niños que hayan de acompañarle en cada caso.» (Real decreto de 7 de Febrero de 1908…, Art. 21). Tal atribución, sin embargo, tenía un carácter marcadamente restrictivo, pues los paseos y excur- siones previstos en cada escuela debían ser autorizados previamente por una reunión en pleno de la Junta local de la población, que estaba compuesta de no menos de 10 personas y de la que sólo dos eran maestros o maestras; para su autorización, las Juntas deberían tener en cuenta: —el tiempo (la climatología) —las costumbres establecidas —la acción pedagógica de cada maestro [sic] —el esfuerzo que la actividad represente —los resultados de la enseñanza [sic]. Tanto por la diversidad y cúmulo de componentes de las Juntas como por la variedad de condi- cionantes que éstas podían tener en cuenta, algunas de interpretación muy subjetiva, es fácil en- tender que las autorizaciones estarían sometidas a una permanente limitación, por una u otra cau- sa. En 1911 se reformó este sistema, traspasando a la Inspección la autorización de los paseos y ex- cursiones (Real orden de 27 de Septiembre de 1911), lo que seguramente mejoraría su realiza- ción y calidad pedagógica, aunque seguiría lastrando la acción docente, que una vez más debía someter su posible plan a una autoridad ajena a la propia escuela y poco accesible, en virtud de las precarias comunicaciones físicas y telefónicas de la época. Finalmente, en 1918, se elimina el requisito de autorización previa y ahora se recomienda abier- tamente a los maestros destinar una de las sesiones semanales de clase a la realización de un pa- seo o excursión, por razones que hoy denominaríamos de “interdisciplinariedad” y están explica- das en el propio texto normativo: «... los paseos y excursiones escolares [son un] poderoso medio, no ya de cultura intelectual, sino para la educación entera de la vida del niño, pues aparte los grandes beneficios que di- cho procedimiento reporta á la salud de la infancia, la experiencia comprueba que pocas ve- ces, como en la excursión, se encuentra el Maestro en condiciones para que la clase en me- dio del campo, en el Museo, ante el monumento notable ó á la vista de una explotación agrí- cola ó industrial, sea la verdadera Escuela del saber y de la energía.» A estas actividades se procurará, como en 1908, «á la vez que la higiene, darles un carácter do- cente», y se establecen unos procedimientos para mejorar su calidad pedagógica (Real orden de 10 de Abril de 1918): «Los niños llevarán un diario de excursiones, y los Maestros, un libro [de] registro en el que anotarán los paseos y excursiones realizadas, dando éstos cuenta trimestralmente al Inspec- tor de su respectiva zona de las que lleven á cabo, y enviándole copia de dos diarios de ex- cursión, hechos por los niños, para que se tenga en cuenta como mérito en la carrera de los que se distingan en la práctica de este procedimiento.» -31- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Estas medidas son confirmadas pocos meses después en el Reglamento de Escuelas Graduadas (Real decreto de 19 de Septiembre de 1918), aplicable a todas las existentes en la época, y no sólo a las Anejas, como lo había sido el Reglamento de 1899: «En todas las Escuelas graduadas se destinará una tarde á la semana á la realización de pa- seos escolares... (Art. 38). »Independientemente de estos paseos, la Junta de Maestros organizará una o más excur- siones de mayor importancia atendiendo, no sólo al fin educativo, sino [también] al higiéni- co, eligiendo cuidadosamente los niños á quienes en ambos aspectos puedan ser más útiles. (Art. 39). »Estos paseos y excursiones tendrán carácter docente, y se prepararán por medio de explica- ciones adecuadas, actuando de un modo constante los Maestros en la tarea de despertar la inteligencia de los niños y avivar su espíritu de observación, procurando satisfacer la curio- sidad infantil, no sólo con miras instructivas, sino con otras que se dirijan á la educación mor- al, social y cívica de los educandos. (Art. 41). »Los niños llevarán un diario de excursiones y los Maestros un registro que entregarán al Di- rector para que éste forme un resumen trimestral que, después de aprobado por la Junta de Maestros, elevará á la Inspección de Primera enseñanza, acompañado de aquellos diarios in- fantiles que puedan ser más interesantes.» (Art. 42). Tanto los paseos como las excursiones debían ser organizados por la Junta de Maestros, «procu- rando aprovechar, para la aplicación de los conocimientos adquiridos, cuantos elementos ofrezca la realidad, ya sean naturales, ya obras del hombre, visitando Museos, fábricas, talleres, etc., y utilizando el cinematógrafo para substituir á estos elementos próximos de tanto interés para la enseñanza.» (Art. 7, d). 3. Reglamentaciones para Colonias escolares Unas tempranas instrucciones ministeriales de 1894 sobre colonias escolares marcaron un refe- rente normativo destacado en la legislación educativa de la época, e influyeron en las relativa- mente numerosas reglamentaciones municipales emitidas para las colonias que organizaban los Ayuntamientos. Con un ámbito de aplicación más reducido, pero de gran calidad pedagógica, encontramos du- rante el primer tercio del siglo XX una relativamente abundante normativa municipal sobre colo- nias escolares, que se nutrían por lo general de los escolares de las escuelas públicas. Así, ya en 1904 el Ayuntamiento de Bilbao había aprobado unas instrucciones para sus propias colonias. En Cataluña, la ya citada Comisión de Cultura del Ayuntamiento de Barcelona publicaría periódi- camente instrucciones para la organización y actuación del profesorado de las colonias escolares municipales. a) Instrucciones ministeriales (1894) En España, las primeras Colonias oficiales fueron organizadas por el Museo Pedagógico Nacio- nal en 1887, que las continuaría ininterrumpidamente hasta 1926 (García del Dujo, 1985: 143); la Administración educativa del período, influenciada de las ideas pedagógicas de la Institución Libre de Enseñanza, dedicó una atención esmerada a esta “institución complementaria” de la Escuela, que constituyó para una parte de la población en edad escolar, desgraciadamente redu- -32- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 cida por los escasos recursos que se les podía dedicar, un valioso medio de educación física, a la par que de fortalecimiento de su salud. (Galera Pérez, 2015). (1) Concepto y finalidad Las primeras orientaciones pedagógicas normativas sobre educación física en la Primera ense- ñanza cabe datarlas en 1894, con ocasión de una campaña de fomento de las colonias escolares impulsada por la Dirección general de Instrucción pública del Ministerio de Fomento. El director general, Eduardo Vincenti, subscribe un completo plan para la organización y desarrollo de una Colonia, que en la época se basaban en la red de Escuelas públicas (Instrucciones… 15 de Febre- ro de 1894): «Las Colonias escolares de vacaciones son una institución esencialmente pedagógica y de higiene preventiva en favor de los niños débiles de las Escuelas públicas. »...la Colonia... no es más que una forma distinta de la misma Escuela.» Tenían una función primordialmente asistencial, o mejor dicho, profiláctica, para esos “niños débiles”: «[Las Colonias escolares] No reciben enfermos, ni son un premio ó recompensa. 6 Su objeto es procurar la salud por medio del ejercicio natural en pleno campo, por la limpieza, el buen al- imento y la alegría.» (2) Períodos y duración La duración de unas Colonias podía oscilar entre tres y cuatro semanas: «Como su nombre lo indica, las Colonias deben verificarse en el período de vacaciones, ó sea desde el 15 de Julio hasta el 31 de Agosto. En cuanto á la duración, conviene, para la eficacia del resultado, que no baje de treinta días; pero si los recursos lo consintieran, podrían organi- zarse dos series de Colonias de á tres semanas cada una...» (3) Instalaciones El régimen de vida de la Colonia estaba, en efecto, impregnado de prácticas corporales en con- tacto con la Naturaleza, para lo que era necesario instalarlas en zonas de marcada presencia rural: «Instalación de la Colonia.—Dos tipos se ofrecen como más convenientes: primero, instalación en la montaña; segundo, en la orilla del mar. »... Tanto en la montaña como en el mar, la Colonia no se establecerá en población grande, por ser siempre más cara y ofrecer dificultades para obtener las condiciones de una vida en- teramente rural, como á los niños conviene. »... Prefiérase siempre aquellas localidades en que los niños puedan permanecer con las mayores comodidades é higiene durante todo el día al aire libre ó á la orilla del mar.» En España, las orillas del mar (playas, pueblos pescadores, etc.) se mantuvieron prácticamente vírgenes hasta los años sesenta del siglo XX, por lo que no debe extrañar que en la época de es- tas Instrucciones fueran lugares “rurales”. 6 En todas las transcripciones literales de este trabajo se ha respetado la grafía original. -33- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Las mismas instalaciones, que solían ser edificios escolares, dependencias municipales habilita- das, o incluso casas particulares cedidas o alquiladas, debían facilitar la práctica corporal: «...al elegir [el edificio para instalar la colonia], atiéndase, sobre todo, á la independencia que ofrezca respecto á la población, á las vistas de que se disfrute y á las comodidades que presenten sus alrededores para el juego y la estancia permanente de los niños al aire libre.» (4) Plan de actividades El plan de actividades diario se componía, en esencia, de actividades higiénicas, baños de mar o de río, juegos, y paseos y excursiones, además de un régimen alimentario sano y nutritivo; para cada una de éstas, las instrucciones de la Dirección general ofrecen orientaciones de tipo peda- gógico.  LAVADO CORPORAL El lavado corporal y el cepillado de dientes, consideradas entonces como actividades higiénicas de poca difusión, y siendo considerada el agua uno de los ‘medios naturales’ de la educación física, se recomiendan con una frecuencia diaria: «Una de las medidas de primera necesidad para el restablecimiento de la salud de los niños, y recomendada en otros países, es el baño ó lavatorio diario con jabón, de todo el cuerpo, cuyas saludables consecuencias no hay para que encarecer, por más que todavía está tan poco generalizado entre nosotros, aun en clases más acomodadas. Si la limpieza diaria de todo el cuerpo es de absoluta exigencia para todo el mundo, cuánto más no lo será para ni- ños anémicos y débiles.» La inexistencia de agua corriente en el medio rural obligaba a que tales abluciones se hicieran en barreños o tinas, aunque, si había un río o lago cercano, se recomendaba su uso preferente para estos cometidos.  BAÑOS DE MAR O DE RÍO Se prescriben entre las diez y las doce del mediodía, por ser las horas de mayor insolación y por preceder inmediatamente a la comida más fuerte del día, «propia para satisfacer el apetito que la acción tónica del baño despierta.» La duración del baño no debe ser muy larga: «Con objeto de producir esta acción tónica, la duración del baño será muy corta: en los pri- meros días, de cinco minutos, y en los sucesivos se prolongará paulatinamente hasta llegar á ser de diez á quince, según el temperamento y constitución de cada niño.» Se dan asimismo normas de seguridad física de los escolares: «Toda recomendación será pequeña acerca del cuidado y vigilancia que habrá de tenerse con los niños dentro del agua. Los maestros, que convendría mucho supiesen nadar, entra- rán en la mar los primeros y saldrán los últimos, no consintiendo que ningún niño pase del límite interior que ellos ocupen. La compañía de un bañero buen nadador es muy recomendable, de un lado para la completa seguridad, y de otro para procurar que apren- dan á nadar los niños. Los maestros tienen harto que hacer con no perder un momento de vista á ninguno de aquéllos.» -34- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001  JUEGOS Hay tres momentos del día para jugar: − durante una hora, después del desayuno; − durante la estancia en la playa, con ocasión del baño: «Nada se recomienda tanto como la prolongada estancia de los niños en la playa, donde debe dejárseles jugar libremente des- nudos de pie y pierna.» − después de la comida del mediodía. Las orientaciones sobre la función del maestro acompañante de los niños en el desarrollo de los juegos son una influencia directa de la pedagogía institucionista (López Serra, 1998: 176-177): «Siendo el momento del juego, también, como el de la comida, de aquéllos en que el niño con más facilidad se abandona libremente á sus naturales y espontáneos impulsos, y uno de los más favorables para conocerlo tal y como es, y por tanto poder dirigirlo; nada de esto se logra sin que el maestro, en vez de limitarse á inspeccionar el juego de sus discípulos, que es- to no basta, tome parte activa, único medio de entrar en íntima relación con ellos. Vigilar simplemente el juego sería lo mismo que presenciar la comida sin comer con los niños: am- bas cosas igualmente nulas y perdidas en su valor educativo. El Maestro que se concreta á mantener el orden, se convierte en un inspector ó vigilante, cuya función todavía está por averiguar en la pedagogía. Sólo cumple su misión de maestro, cuando educa; y solo educa en el juego, cuando interviene en él de algún modo; el mejor de todos y el más directo, ju- gando.»  PASEOS Y EXCURSIONES Se utilizan con profusión, siempre con una finalidad pedagógica: «[Los paseos] Deben tener siempre un fin, un objetivo, ó lo que es lo mismo, carácter de verdaderas excursiones; porque no hay nada que los niños comprendan y sientan menos que el «paseo por pasear» por el paseo mismo, sin otro fin determinado. Por esto, se irá siem- pre á recoger tales ó cuales piedras, á ver este paisaje ó aquel accidente, siempre á algo es- pecial, por insignificante que ello fuese; con lo cual el interés se mantendrá vivo. ... »Estas excursiones sirven para recoger minerales, plantas, fósiles, insectos que irán colec- cionándose, así como para visitar monumentos, fábricas, minas; en suma, todo lo intelectual que pueda estar á su alcance.» Salen las Instrucciones al paso de probables metodologías demasiado dirigistas en su realización: «De más está decir que el paseo sea libre, lo cual quiere indicar que no vayan los colonos en la aburrida formación al uso, que mata toda iniciativa personal y aun casi todo el goce, hasta el punto de que muchas veces los pobres niños prefieran quedarse en el Colegio, á pasear. Que marchen con entera independencia, mientras no se les llame para hacerles alguna ob- servación en común.» Así como indican la intensidad de tales actividades: «Las excursiones deben verificarse gradualmente, dejando para los últimos días aquellas que constituyan ya verdaderas caminatas, que piden mayores fuerzas y en las que sea necesario emplear toda la tarde.»  OTRAS ACTIVIDADES Durante las excursiones, -35- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 «También debe fomentarse el canto, cuya afición está más desenvuelta en los niños del pueb- lo que en los de la clase media. Raras veces se oye á estos cantar en coro espontáneamente, durante las excursiones, mientras aquéllos lo hacen con mucha frecuencia, mostrando verdadero placer casi todos.» Además, antes del baño, mientras se hace la digestión, cada escolar tenía que cumplimentar dia- riamente un Cuaderno de la colonia, en el que debía transcribir sobre todo sus impresiones acer- ca de las actividades realizadas. (5) Metodología educativa Las instrucciones manifiestan, también en este aspecto, una gran influencia de las ideas institu- cionistas; nos parece indicado transcribir este párrafo, que se nos antoja un precedente de las modernas teorías constructivistas, actualmente en uso en nuestro país: «Si bien el carácter de la Colonia escolar es ante todo educador, no quiere esto decir en mo- do alguno, que deban los niños continuar en ella sus trabajos escolares. Alli no van á seguir regularmente sus clases, ni parte de éstas, ni siquiera á tomar continuamente apuntes y no- tas, como hace un viajero escursionista [sic]; nada, en suma, de lo que pudiera traer, sin ad- vertirlo, la idea de un estudio impuesto, de un deber más ó menos ingrato, y no digamos un exceso superior á sus fuerzas. Si esto es el trabajo, los niños no van a trabajar, en ese sentido inexacto que suele darse á esta palabra. Van á mejorar su salud y restaurar su naturaleza. Pero sus energías mentales no pueden quedar, sin embargo, inactivas. »El problema está, por tanto, en la selección, en la medida, en el tacto; todo estriba en hacer que ejerciten esas facultades sin darse cuenta de ello; si vale la expresión, en que trabajen sin creer que trabajan. Para esto, sus tareas han de ser agradables, y para que sean agradables, no han de venir dictadas meramente desde fuera: aquella condición sólo se alcanza cuando el motivo para el trabajo brota natural y expontáneamente [sic] ante las cosas mismas que vienen á despertar nuestro interés. »La pedagogía moderna reclama que nada se enseñe sino ante el objeto y en la ocasión que nos mueve á conocerlo; principio que, al menos allí donde las circunstancias puedan contrar- restarlo, debe llevarse delante como un ideal á que el maestro se aproxime en lo posible. Con frecuencia ocurre, por desgracia, en la Escuela, merced á muy varias causas (y muy princi- palmente al mecanismo de reglamentos, textos y prog[r]amas, á que muchas veces no es fácil sustraerse) tener que hablar de la nieve en el verano, ó de la lluvia bajo un cielo explén- dido [sic], ó continuar la clase con niños que bostezan y no pueden atender ya de fatiga. Sin entrar á discutir hasta que [sic] punto cabe evitar esto en la Escuela, hay que decir que pre- cisamente todo ello puede evitarse en la Colonia, donde no habiendo, por fortuna, «asigna- turas», el trabajo debe hacerse no cuando lo quiere un horario abstractamente impuesto, si- no cuando la ocasión sea propicia; que no es siquiera cuando el objeto está presente ó en buenas condiciones para que lo explique el maestro, sino cuando ha logrado despertar el interés del niño. »Así, pues, el verdadero trabajo en la Colonia debe ser tan libre como el que fuera de la Es- cuela hace el niño en la vida. Los niños aprenden en todas partes; en sus casas, en las calles, en la comida, en el juego, en el paseo; en acercarse á este sistema natural consiste precis- amente el arte del educador, así como en no traspasar el límite de una atención fatigada consiste el de todo maestro, aun en la clase, porque, llegado á este punto, el niño no se asimilará cosa alguna, ó lo hará á costa de su salud intelectual y física.» (6) Prolongación e influjo: las colonias urbanas «Para que aquellos resultados de los distintos órdenes no vayan rápidamente extinguiéndose y acaben por perderse en los niños, es necesario que la acción de la Colonia continúe. La -36- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 persistencia es la garantía más segura del éxito. Por lo que toca á la higiene, tienen aquí su aplicación más indicada las Colonias urbanas ya citadas en estas instrucciones; debiendo, por tanto, organizarse en los diferentes distritos de las localidades, centros para seguir propor- cionando á los colonos, ya porciones de leche, ya una sopa caliente, durante el invierno, ya excursiones y juegos al aire libre, y hasta baños ó lavatorios principales, según queda descri- to, tendiendo, no sólo á contrarrestar los influjos perniciosos del medio en que viven, sino, y ésto es lo importante, á que este medio vaya modificándose merced á la acción y propagan- da de los mismos niños.» b) Reglamento pedagógico para las Colonias bilbaínas (1904) El Ayuntamiento de Bilbao, a través de su Comisión de Colonias, reguló pioneramente la orga- nización pedagógica de sus Colonias municipales, a través de una exhaustiva Cartilla sanitaria (García de Ancos, 1902) y de sendos Reglamentos, pedagógico y administrativo, aprobados en 1904 (Ayuntamiento de Bilbao, 1907), con anterioridad a las regulaciones municipales de otras grandes ciudades como Madrid, Barcelona o Sevilla. (1) Destinatarios «Las condiciones de los niños serán: haber cumplido 9 años, no padecer enfermedad conta- giosa, estar anémico ó escrofuloso, pertenecer á familia reconocidamente pobre y ser alum- no de las escuelas municipales.» (Ayuntamiento de Bilbao, Reglamento pedagógico…, 1907, p. 5). (2) Períodos y duración No se indica esta información, que queda reglamentariamente sujeta al criterio de la Comisión de Colonias Escolares del Ayuntamiento, a la vista de los informes de anteriores ediciones (Ayun- tamiento de Bilbao, Reglamento administrativo…, 1907, Art. 1.º). (3) Plan de vida de la colonia Como puede comprobarse, la actividad de las colonias bilbaínas era limitada al baño, los paseos y excursiones y la redacción del diario, para ofrecer a los niños un régimen estrictamente vaca- cional (Ayuntamiento de Bilbao, Reglamento pedagógico…, 1907, p. 9): Horario Actividades 6:00 Levantarse temprano, y proceder á la limpieza personal, dirigidos por los profesores. Desayunarse y pasear ó jugar hasta las nueve ó diez. 9:00/10:00 Tomar el baño los que estén en playa y puedan hacerlo. Proceder enseguida á la redacción del Diario ó rectificación de notas tomadas en alguna ex- cursión ó dadas por el maestro en alguna explicación. 12:00/12:30 Comer y lavarse la boca inmediatamente con solución de ácido bórico. A continuación, previo algún descanso, jugar al aire libre, donde haya sombra, dirigidos por los profesores. 16:00 Provistos de la merienda, se organizarán los paseos ó excursiones, según los casos. 20:00/21:00 … Previo el lavado de las manos, se cenará…, y se volverán á lavar la boca. 21:30 No deberá estar ningún niño levantado. -37- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Además, «esperando la cena, ó á la luz del crepúsculo, puede algunas veces organizarse una reunión de intimidad contando cuentos.» (4) Deberes de los maestros acompañantes Al montar en el tren comienza su trabajo de pedagogo para el maestro o maestra acompañantes, que debían: — Cuidar del exacto cumplimiento de las prescripciones higiénicas consignadas en la carti- lla sanitaria. — Dinamizar la actividad social durante las comidas y las cenas. — Inspeccionar siempre y dirigir las actividades de aseos y baños. — Organizar los juegos de los colonos y participar en ellos. — Organizar y dirigir los paseos y excursiones. — Dirigir la redacción del diario de los paseos y excursiones. — Enseñar a leer y escribir a los niños que no supieran. (5) Metodología educativa • Socialización durante las refacciones «[La comida] Es el momento más apropósito [sic] para·ejercer el maestro su acción educadora y debe aprovecharlo iniciando conversación libre y amistosa (no exenta de enseñanzas y afirmaciones de conocimientos adquiridos) provocadora de expontaneidades [sic] de comu- nicación de proyectos y evocación de recuerdos.» «La cena… conviene que no sea tan activa como en la comida. Hay que evitar impresiones y representaciones imaginativas que pudieran perturbar la tranquilidad del sueño.» (Reglam. Pedagógico…, 1907, pp. 19, 21). • Depuración educativa de los cuentos «El cuento es pan del alma que al niño agrada mucho. Dígalos el maestro y quite cuantos er- rores y preocupaciones se inculcan á los niños por medio de los cuentos que les cuentan per- sonas sin cultura.» (Reglam. Pedagógico…, p. 21). • Paseos y excursiones «Irán al paseo los niños provistos de merienda, si antes no merendaron, y de cuaderno y lapiz [sic] los que sepan utilizarlos, para anotar observaciones. »Pasear por pasear es muy tonto; pasear sacando algún fruto más que beneficio físico, es más completo e ideal. El maestro enseñará á realizarlo dando el ejemplo, anotando él mismo en su propio cuaderno, llamando la atención de los niños sobre lo que crea digno de tal ó útil para los efectos educativos. »Marcharán los niños con entera independencia, sin ir formados. Sólo en casos excepcion- ales, como en un camino algo peligroso ó al entrar en población que esté en fiesta, se forma- rán.» (Reglam. Pedagógico…, p. 20). • Valor educativo del canto y respeto a las demás personas «Una vuelta del paseo cantando es hermosa é higiénica. Mas nunca, por ningún motivo, en- trarán cantando en ningún pueblo… Es costumbre de muy mal gusto y molesta para el vecindario, impropia de niños forasteros que deben observar la más exquisita corrección.» (Reglam. Pedagógico…, p. 20). -38- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 • Confección del diario, favorecimiento de una personalidad infantil autónoma Todos los colonos que supieran escribir debían realizar un diario conforme a un cuestionario inspirado en el del Museo Pedagógico (Salcedo, 1900), demasiado exhaustivo para los niños de la época, e incluso de la presente, con preguntas referidas a las localidades visitadas del tipo de: «17.ª Diversiones; en qué consisten. Clases de juegos, fiestas populares y campestres; bailes, cantos, instrumentos de música. Descripción de todo esto; origen y época de las fiestas. Tea- tros, cafés, casinos, paseos... Tabernas y toros. »20.ª Cantares, versos, refranes, etc., de la localidad (recoger los que se pueda.) ¿Pronuncian de algún modo particular? ¿Hablan con cierto acento? ¿Dicen palabras especiales ó modismos? »26.ª Baños. ¿Los hay públicos? ¿De tina, alberca, río, mar? ¿Los tienen las casas particulares? ¿Cuándo acostumbran á bañarse? Aseo personal.» (Reglam. Pedagógico…, pp. 15-16). El documento incluye un riguroso cuestionario, y las siguientes orientaciones para su realización: «La confección del diario se hará dejando á los niños libertad en la forma y no invertiendo [sic] en el trabajo de escritura más de media hora. »A continuación se podrán leer algunos en alta voz corrigiendo entre todos dirigidos por los comentos [sic] del profesor las faltas de redacción y ortografía. »En junto no pasará de una hora lo que se trabaje en esta forma. »El fin que perseguirá el profesor con estos ejercicios, será el de despertar en los niños espíritu de observación. »Estimaráse como mayor mérito en esos trabajos el sello propio personalísimo que el niño bien dirigido les imprima, posponiendo á él la buena redacción y la buena letra, que serán apreciados como méritos secundarios.» (Reglam. Pedagógico…, p. 18). (6) Prolongación de la colonia y coordinación educativa Hay una preocupación higiénico-sanitaria de continuidad: «De vuelta en Bilbao…, una vez al mes y en día que se determinará á conveniencia de todos, se presentarán los niños colonos en el resto del año en el Ayuntamiento para ser examinados por el Médico, un Concejal de la Comisión de Fomento, un individuo de la Comisión de Co- lonias y el Jefe de la Sección de Fomento.» (Reglam. Pedagógico…, pp. 9-10). Además, el Reglamento contiene una prescripción pedagógica que podemos calificar de adelan- tada para su época: «Los maestros directores llevarán un diario en el que figurarán estudios sobre cada niño. »Este cuaderno, que entregarán al Presidente de la Comisión permanente de Colonias Esco- lares, en cuanto lleguen á Bilbao, servirá para llenar hojas iguales á las facilitadas por los maestros y entregarlas en las respectivas escuelas como dato para continuar la labor educa- tiva de los alumnos.» (Reglam. Pedagógico…, p. 21). c) Instrucciones para las Colonias barcelonesas (1916) Durante el primer tercio del siglo XX asistimos a una activa política educativa del Ayuntamiento de Barcelona; entre sus abundantes preocupaciones por la salud corporal de los escolares, una de las ramas destacadas de su actividad fueron las Colonias Escolares, para las que se emitían cui- dadosas orientaciones didácticas, como por ejemplo el opúsculo de 1916 (Ayuntamiento Consti- -39- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 tucional de Barcelona, 1916) del que podemos entresacar las siguientes orientaciones pedagógi- cas: (1) Concepto y destinatarios En 1916, la Comisión de Colonias Escolares y Escuelas de Bosque, el órgano municipal del que dependía la organización de aquéllas, contempla tres tipos de colonias de vacaciones: «las marí- timas, las de montaña y las interiores de llanura, para que puedan atenderse las circunstancias biológicas todas de los escolares» (Ayuntamiento…, 1916, Art. 3.º). La Comisión señala que los aspirantes a las Colonias de vacaciones deben ser alumnos o alum- nas de las Escuelas nacionales o de las municipales, aunque NO podrán formar parte de ellas los individuos afectos de enfermedades contagiosas, o los de no contagiosas, pero de aspecto repug- nante, los anormales [sic] o los que requieran cuidados especiales. Fuera de estas condiciones, los destinatarios preferibles eran los enclenques o debilitados, en razón de su talla, peso o grado de desarrollo (Ayuntamiento…, 1916, Art. 14). (2) Períodos y duración En 1916, las colonias de vacaciones «partirán o el primer domingo de Agosto o el último de Ju- lio,… y tendrán cuatro semanas de duración» (Ayuntamiento…, 1916, Art. 1.º). (3) Alojamiento y manutención En las Instrucciones de 1916, se menciona genéricamente que los edificios en que se instalen las colonias de vacaciones deben reunir suficientes condiciones de amplitud, cubicación y otras «que los hagan higiénicamente aptos para el uso a que se les destina y muy especialmente que estén dotados del caudal de agua más que suficiente, para el aseo diario de los escolares». (Ayunta- miento…, 1916, Art. 5.º). Durante la colonia se suministrarán cuatro comidas diarias: almuerzo o desayuno, comida, me- rienda y cena; cada colono recibirá un mínimo diario de 200 g de leche y «un máximo de un cuarto de litro de vino, de 12 ó 13 grados a lo sumo». (Ayuntamiento…, 1916, Art. 7.º). (4) Plan de actividades En las colonias de vacaciones se recomiendan tres tipos de actividades preponderantes: los ejer- cicios físicos, sobre los que se dan numerosas precisiones, los baños de sol y de agua, y los cen- tros de interés sobre aspectos de la localidad; había además unas actividades propiamente escola- res, en forma de lecciones y sesiones de lectura.  EJERCICIOS FÍSICOS «La vida de la Colonia… en términos generales se establecerá atendiéndose a las siguientes indicaciones: … »e) Excursión diaria, salvo que el tiempo lo impida. »d) Sesión de educación física mañana y tarde, sin convertirla en espectáculo público.» (Art. 8.º). -40- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001  BAÑOS DE SOL Y DE MAR «Además del aseo y limpieza cotidianos a que estarán sujetos los escolares durante el tiempo de su estancia en las residencias respectivas, se les someterá, también diariamente, a prácti- cas de higiene y balneación…» (Art. 6.º).  CENTROS DE INTERÉS «… Aprovechando los puntos de mira y las incidencias de la excursión, la naturaleza y con- formación del terreno, los accidentes meteorológicos, los cultivos, etc., etc., pueden ser dadas lecciones al efectuar aquéllas, que se contraerán especialmente a puntos de interés relacio- nado con las ciencias físicas naturales, historia y geografía del país, grupos sociales y uti- lización de materiales.» (Art. 8.º).  OTRAS ACTIVIDADES «La vida de la Colonia… en términos generales se establecerá atendiéndose a las siguientes indicaciones: … »e) Lección mañana y tarde en la forma que las buenas prácticas pedagógicas tienen ya estableci- das. »f) Sesión de lectura comentada a base de la biblioteca de la Colonia.» (Art. 8.º). (5) Requisitos de los maestros acompañantes Para ser admitidos como maestros de las Colonias municipales será indispensable que hayan revalidado sus estudios, que demuestren su conocimiento acerca la finalidad de la Colonia, su competencia para la labor pedagógica, desarrollando una lección ante el Tribunal que la Comi- sión designe y que se sujeten a la preparación adecuada sobre ejercicios físicos, su ordenación, utilidad y práctica que dará en cursillo de breves lecciones el profesor de educación física de las Escuelas del Parque de Montjuich. Además, el médico pediatra de la Comisión les dará breves noticias sobre la higiene de la infan- cia y utilización del botiquín de urgencia de que están dotadas todas las Colonias. Deberán asi- mismo asistir a las conferencias, reuniones y demás actos que la Comisión crea indispensable. F. “Cuestionarios” específicos: la Cartilla Gimnástica Infantil Al final de la I Restauración, durante la Dictadura del general Miguel Primo de Rivera, la Admi- nistración educativa comienza a preocuparse por la elaboración directa de publicaciones pedagó- gicas para apoyo de la acción educadora de la Escuela. Una vez más, encontramos una presencia destacada de la educación física, pues de las dos publicaciones oficiales que hemos encontrado hasta 1939, una de ellas es específica de nuestro ámbito: la Cartilla Gimnástica Infantil, que tuvo una amplia difusión y llegó a constituirse en base de una intensa campaña de especialización de maestros. -41- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 En 1924, dos años antes, por tanto, que los primeros Cuestionarios generales para la Primera enseñanza, de 1926, 7 publica la Escuela Central de Gimnasia del Ejército, que habíase creado poco antes (1919), la Cartilla Gimnástica Infantil, que tuvo durante toda la Dictadura de Primo de Rivera un fuerte apoyo institucional y una notable influencia en la formación de profesorado de Educación Física, tanto civil, como sobre todo militar, que se prolongó hasta los primeros años del franquismo. La Cartilla Gimnástica Infantil es el primer documento normativo español de la Enseñanza pri- maria con ámbito estatal y alcance universal, al estar dirigida tanto a la educación física de niños como a la de niñas; se trata de un documento sintético, que a la par que primer “cuestionario” podríamos considerar “manual” de consulta, 8 y que prescribe la práctica preferente de juegos corporales para los párvulos, y de gimnasia educativa y juegos, incluyendo algunos de carácter deportivo, para los niños de las Escuelas primarias. En un artículo reciente estudiamos en detalle este documento (Galera Pérez, 2018b). G. Conclusiones 1. Sobre la calidad cinantropométrica de las Escuelas de párvulos A pesar de que las Escuelas de párvulos no eran obligatorias, sus planes de estudios destacan, como hemos visto, por la presencia de abundantes materias corporales, relacionadas con los pa- radigmas de la educación física, especialmente en la Escuela-modelo denominada “Jardines de la Infancia”, que desde 1878 disponía de planes de estudios con materias como canto, juegos gim- násticos, marchas, juegos y trabajos manuales. Entre 1878, año del primer reglamento de la Escuela-modelo de párvulos, y 1922, en que se ins- tauran las Escuelas maternales, 9 se desarrolla una avanzada regulación pedagógica, que contem- pla una amplia presencia de materias específicas de educación física o relacionadas con sus pa- radigmas educacionales, en estos niveles educativos. En la tabla 1 que sigue se puede comprobar la presencia generalizada del juego, con diversas tipologías y matices para cada nivel, el canto y los trabajos manuales a lo largo de todas las reformas del período. Con una presencia algo más restringida, aunque también significativa, en- contramos los paseos y marchas, las prácticas de jardinería e incluso los ejercicios corporales, y con una presencia mucho más limitada, la danza. Las materias que están presentes a lo largo de todas las regulaciones son el canto, y los trabajos manuales (vigentes desde 1878 en la Escuela-modelo, perdurarán en las reformas de 1901, 1914 y en la instauración de las Escuelas maternales en 1922). 7 Inspección de 1.ª Enseñanza de León (1926). Cuestionarios Escolares mínimos. Preceptos Metodológicos. Referencias Bibliográficas. Indicaciones del material necesario para desarrollarlos. León: Imp. y Libr. de Jesús López, 160 pp. (Biblioteca de Cultura Leonesa, vol. 1). 8 Ministerio de la Guerra, Escuela Central de Gimnasia (1924). Cartilla Gimnástica Infantil. Madrid: Rivadeneyra, 63 pp. + 13 láminas. (Publicaciones del Directorio Militar). 9 Para aspectos generales de la Primera enseñanza durante el período estudiado en este artículo, puede consultarse un trabajo anterior (Galera Pérez, 2018a). -42- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Tabla 1: Materias específicas o relacionadas con la educación física en las Escuelas infantiles durante la I Restauración (1875-1931) Claves: x= materia prescrita -= materia no prescrita f= frecuencia en el período Materias más frecuentes Tipos de Escuela Materias Modelo Párvulos Maternales f 1878 1914 1901 1922 1. Ejercicios corporales - x x - 2 2. Juegos de destreza - - - x 1 3. Juegos de educación de los sentidos - - - x 1 4. Juegos gimnásticos x x - - 2 5. Juegos manuales x x - - 2 6. Danza - - - x 1 7. Marchas x x - - 2 8. Paseos y excursiones - - x 10 - 1 9. Canto x x x 11 x 4 10. Trabajos manuales x x x x 4 11. Prácticas de jardinería, agricultura y botánica x x - - 2 12. Nociones de Higiene y de Fisiología humana - - x - 1 Total materias EF en Escuelas infantiles: 6 7 5 5 Fuente: Elaboración propia con base en las correspondientes normas legislativas 2. La menor calidad cinantropométrica de las Escuelas primarias Mucho más modestos respecto de la educación física fueron los planes de las escuelas primarias, que sólo a partir de 1901 dispondrían normativamente de canto, trabajos manuales y ejercicios corporales, a los que en 1918 se recomienda añadir paseos y excursiones. Como puede verse en la tabla 2 al compararla con la tabla 1, la regulación normativa de materias específicas de educación física era mucho más rica en el nivel de la enseñanza infantil (Escuelas de párvulos o maternales) que en la primaria, tanto se tratase de Escuelas unitarias como de las graduadas, de organización pedagógica más avanzada: hasta siete materias, de un total de 12 (es decir, el 58 por ciento) desaparecen del plan de estudios de la enseñanza básica al aumentar el nivel educativo de Escuela infantil a Escuela primaria. Sin embargo, también en esta última perduran las materias de canto y trabajos manuales, presen- tes en la regulación inicial de las Escuelas graduadas anejas a las Normales de 1899 y reiteradas en las sucesivas reformas adicionales de todos los tipos de Escuelas primarias. 10 Real orden de 10 de Abril de 1918. 11 Real decreto de 4 de Julio de 1884…, Art. 10. -43- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Tabla 2: Materias específicas o relacionadas con la educación física en las Escuelas primarias durante la I Restauración Resaltadas, las que se impartían en uno u otro momento en la enseñanza infantil Mismas claves que las de la tabla 1 Tipos de Escuela Materias Graduadas Unitarias o mixtas f 1899 1918 12 1901 1918 13 1. Ejercicios corporales - x x x 3 2. Juegos de destreza - - - - 0 3. Juegos de educación de los sentidos - - - - 0 4. Juegos gimnásticos - - - - 0 5. Juegos manuales - - - - 0 6. Danza - - - - 0 7. Marchas - - - - 0 8. Paseos y excursiones x x - x 3 9. Canto[s sencillos] [x] x x x 4 10. Trabajo[s] manual[es] x x x x 4 11. Prácticas de jardinería, agricultura y botánica - - - - 0 12. Nociones de Higiene y de Fisiología humana - x x x 4 Total materias EF en Escuelas primarias: 3 5 4 5 Fuente: Elaboración propia con base en las correspondientes normas legislativas 3. Sobre la ausencia de prescripciones horarias Antes de 1931, no encontramos mayor regulación de este importante aspecto curricular de la Primera enseñanza que las anecdóticas aunque reiteradas prescripciones sobre la conveniencia de efectuar paseos y excursiones, lo que quiere decir que en la práctica la carga diferencial de las materias que componían los planes de estudios dependía únicamente del maestro o maestra de cada escuela, es decir, de sus mayores o menores conocimientos de los contenidos, la disponibi- lidad de los recursos necesarios, la mayor o menor vocación profesional, la mayor o menor valo- ración que de las materias hicieran las familias de los escolares, etc. Seguramente por todos o alguno de estos factores, las materias de educación física serían de las primeras a cuya impartición renunciarían las maestras o maestros, en caso de tener que reducir los contenidos por escasez de tiempo escolar o, simplemente, personal, en tanto que los mengua- dos sueldos y sus irregulares percepciones obligaban a muchos maestros y maestras a emplearse en otros trabajos complementarios, 14 lo que les disminuiría su disposición a preparar sus clases con sosiego y reflexión. 12 Real decreto de 19 de Septiembre de 1918…, Art. 1.º. 13 Real orden de 10 de Abril de 1918. 14 Rodríguez Pérez, Antonio (1985). El maestro y su salario: Visión sociohistórica. Aula. Revista de Pedagogía de la Universidad de Salamanca, 1: pp. 97-105. Recuperado de http://revistas.usal.es/index.php/0214- 3402/article/view/521. -44- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 4. Sobre las orientaciones pedagógicas Podemos ver a simple vista en la tabla 3 siguiente que la Administración educativa de la I Res- tauración prestó bastante más atención a los aspectos pedagógicos de las colonias escolares, una institución, al fin y al cabo, complementaria de la propia Escuela primaria, que a los de las es- cuelas básicas, tanto las infantiles maternales o las de párvulos como las propiamente primarias. Tabla 3: Orientaciones pedagógicas relacionadas con paradigmas de educación física en la I Restauración (1875- 1931) Claves: x= orientación presente -= orientación no presente f= frecuencia total Enunciaciones más frecuentes Escuelas infantiles: 1893 f 1. Características del local de ejercicios x 1 2. Vestimenta aconsejable x 1 3. Agrupación por niveles x 1 Escuelas primarias: 1868 1899 1908 1918 f 1. Pausas activas entre dos clases x - - - 1 2. Recreo de media hora a mitad de la sesión x - - - 1 3. Ventilación del aula al inicio de la sesión y durante las clases x - - - 1 4. Práctica semanal de paseos y excursiones - x - x 2 5. Carácter higiénico y docente de los paseos y excursiones - - x x 2 6. Los escolares deben llevar un diario de excursiones - - - x 1 Colonias escolares: 1894 1904 1916 f 1. Destinatarios, niños y niñas débiles de Escuelas públicas x x x 3 2. Finalidad profiláctica x - - 1 3. Períodos estacionales (verano) x - - 1 4. Instalaciones con zonas para prácticas físicas x - - 1 5. Práctica diaria de lavado corporal x x x 3 6. Lavado de la boca - x - 1 7. Baños diarios o casi diarios de mar o de río x x x 3 8. Sesiones de educación física - - x 1 9. Práctica diaria de juegos x x - 2 10. Práctica frecuente de paseos y excursiones x x x 3 11. Canto x x - 2 12. Depuración educativa de los cuentos - x - 1 13. Lección escolar por la mañana y por la tarde - - x 1 14. Lectura comentada - - x 1 15. Aprendizaje “natural” (centros de interés, sin horarios) x - x 2 16. Socialización durante las refacciones - x - 1 17. Los colonos deben llevar un diario de su estancia - x - 1 18. Los maestros acompañantes deben saber educación física - - x 1 19. Prolongación posterior: colonias urbanas x x 2 20. Informes pedagógicos sobre los colonos a las Escuelas - x - 1 Total orientaciones pedagógicas: 3 15 12 13 Fuente: Elaboración propia con base en las correspondientes normas legislativas -45- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Encontramos en la tabla que antecede no menos de 20 orientaciones pedagógicas para colonias, de las que 4 se reiteran al menos en tres normativas: Destinatarios preferentes, los niños débiles de Escuelas públicas (1894, 1904, 1916). Práctica diaria de lavado corporal (1894, 1904, 1916). Baños diarios o casi diarios de mar o de río (1894, 1904, 1916). Práctica frecuente de paseos y excursiones (1894, 1904, 1916). A señalar, por su innovación precursora, nunca más regulada posteriormente hasta la II Repúbli- ca, la pionera recomendación de la reforma fallida de 1868 de introducir pausas activas (breves ejercicios o movimientos, cánticos u otros ejercicios) entre las lecciones y cada cierto número de ellas, para descanso de los alumnos, además de los recreos; asimismo, la obligación del maestro o maestra de ventilar la sala antes de la entrada de los niños o niñas y durante las lecciones, prác- tica ésta que no volveremos a encontrar en nuestro ordenamiento hasta las regulaciones sanitarias escolares que están proliferando en las últimas semanas. A partir del plan de 1901, que podemos considerar normativamente estable hasta el franquismo, incluida la II República, las únicas orientaciones pedagógicas para la Escuela primaria se refie- ren a la práctica de paseos y excursiones, una actividad marginal dentro del currículum, en tanto que estaba sometida a bastantes limitaciones administrativas: Práctica semanal de paseos y excursiones (1899, 1918). Carácter higiénico y docente de los paseos y excursiones (1908, 1918). 5. Coda Durante el último tercio del siglo XIX y el primero del siglo XX se desarrollaron en España, en parte por influencia extranjera, importantes movimientos de renovación pedagógica escolar en los que la educación física desempeñaba un papel no desdeñable. (Jiménez, 1979; Gurriarán, 1982; Moreno, 1996; Viejo, 1996; López Serra, 1998). Sin embargo, las ideas pedagógicas que inspiran estos movimientos sólo en parte se reflejan en la regulación oficial, que queda limitada a unos interesantes planes de estudios de los niveles no obligatorios (escuelas de párvulos y maternales), alguna experiencia del método de los jardines de infancia de Fröebel, y algunas orientaciones sobre colonias escolares, todos ellos, de un al- cance necesariamente escaso por la poca preocupación político-administrativa por su fomento. Hacia el final del período estudiado se publica, por influjo de la Dictadura, una interesante Carti- lla Gimnástica Infantil, que tuvo cierta relevancia oficial hasta los primeros años del franquismo, sobre todo en materia de formación permanente de profesorado especialista, la mayoría proce- dente del ámbito militar. Aunque su autoría, a cargo de profesores de la Escuela Central de Gim- nasia del Ejército, le otorgaba una finalidad propedéutica militar, supo imprimir una visión glo- bal de la educación física, cuya validez quedó confirmada por los numerosos cursos de forma- ción en que fue manual de texto, tanto para oficiales y suboficiales militares, como para maestros civiles. (Torrebadella, 2019). -46- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 H. Referencias 1. Fuentes bibliográficas (orden cronológico) 1900 Salcedo y Ginestal, Enrique. [Estudio de Higiene Pedagógica] Las Colonias Escolares de Vacaciones en España durante los años de 1887 á 1897. Por el Dr…. Madrid: Im- prenta de Ricardo Rojas, 1900, 46 pp. 1902 [Ayuntamiento de Bilbao] García de Ancos, Enrique. Cartilla sanitaria para las colo- nias escolares. Bilbao: Imp. de la Casa de Misericordia, 37 pp. 1907 [Ayuntamiento de Bilbao] Reglamento pedagógico para el régimen de las Colonias escolares. Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento de Bilbao, en sesión de 1.º de Julio de 1904. Bilbao: Imp.·y Enc. de la Casa de Misericordia, 1907, 19 pp. numeradas desde la 5 a la 23. 1908 [Congreso Nacional de Educación Protectora de la Infancia abandonada, viciosa y de- lincuente. Informes y Ponencias] Las Colonias escolares del Museo Pedagógico Nacio- nal, 1887-1908. Madrid: Imp. de Eduardo Arias, 1908, 113 pp. [Contiene modelo de cuestionario a que debían responder los colonos en cada excursión.] 1916 Ayuntamiento Constitucional de Barcelona, Comisión de Colonias Escolares y Escuelas de Bosque. Reglamento para el régimen de las Colonias Escolares. Aprobado en Con- sistorio de 27 de Abril de 1916. Barcelona: Imp. de la Casa de Caridad, 9 pp. numeradas de la 7 a la 15. (‘Publicaciones’, núm. 5). 1932 Ajuntament de Barcelona. [Comissió de Cultura]. L'obra de les colònies escolars, banys de mar i semicolònies per als alumnes de les escoles de Barcelona. 1906-1931. Barce- lona: Arts Gràfiques Successors de Henrich y Cª, Maig de MCMXXXII, 222 pp. + foto- grafías. 2. Fuentes normativas (orden cronológico) Real decreto de 6 de Noviembre de 1861 por la que se aprueba el Reglamento general de Co- legios de [los Institutos de] Segunda enseñanza [Ministerio de Fomento] (Gaceta de Ma- drid, 311/1861, de 7 de Noviembre, pp. 1-2). Ley de Instrucción Primaria de 2 de Junio de 1868 [Ministerio de Fomento] (Gaceta de Ma- drid, 156/1868, de 4 de Junio, pp. 1-4). Real decreto de 10 de Junio de 1868 aprobando el reglamento de Instrucción primaria [Minis- terio de Fomento] (Gaceta de Madrid, 171/1868, de 19 Junio (continuación), pp. 2-5). Decreto-Ley 15 de 14 de Octubre de 1868 derogando la Ley de Instrucción primaria y el Re- glamento para ejecutarla, declarando libre la enseñanza primaria, restableciendo las Escue- las normales y más que se expresa [Ministerio de Fomento] (Gaceta de Madrid, 189/1868, de 15 de Octubre, pp. 4-5). 15 Sancionado con fuerza de Ley por Ley de 20 de Junio de 1869, concediendo el carácter de tales á los Decretos del Gobierno provisional [Regencia del Reino] (Gaceta de Madrid, 172/1869, de 21 Junio, p. 1). -47- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Real orden de 23 de Noviembre de 1878 aprobando el Reglamento de la Escuela-modelo de párvulos, del sistema denominado Jardines de la Infancia, agregada á la Escuela Central de Maestros [Ministerio de Fomento] (Gaceta de Madrid, 332/1878, de 28 Noviembre, pp. 577-578). Real decreto de 4 de Julio de 1884 suprimiendo la Junta de Patronato general de las Escuelas de párvulos, que queda sustituida por la Junta de señoras que auxilian al Gobierno en los servicios de Beneficencia, y dictando reglas para la provisión de las plazas de Profesores de las mismas [Ministerio de Fomento] (Gaceta de Madrid, 203/1884, de 21 Julio, pp. 211- 212). Orden circular de 14 de Noviembre de 1893 de la Dirección General de Instrucción Pública dando instrucciones acerca de la enseñanza de Gimnástica en la Escuela modelo de párvu- los [Ministerio de Fomento] (Anuario legislativo de Instrucción Pública correspondiente á 1893, pp. 363-364). Instrucciones á que debe sujetarse la organización de Colonias escolares según se previene en la preinserta Orden [de fecha 15 de Febrero de 1894] [Ministerio de Fomento] (Gaceta de Madrid, 50/1894, de 19 Febrero, pp. 676-679). Real decreto de 29 de Agosto de 1899 fijando el reglamento por que han de regirse las Escue- las graduadas á que se refieren los artículos 2.º, 3.º, 4.º y 5.º del Real decreto de 23 de Sep- tiembre de 1898 [Ministerio de Fomento] (Gaceta de Madrid, 248/1899, de 5 Septiembre, pp. 863-865). Real decreto de 26 de Octubre de 1901 relativo al pago de las atenciones de personal y mate- rial de las Escuelas públicas y de reorganización de la primera enseñanza [Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes] (Gaceta de Madrid, 303/1901, de 30 Octubre, pp. 497- 499), Art. 3.º. Real decreto de 7 de Febrero de 1908 organizando las Juntas locales de primera enseñanza [Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes] (Gaceta de Madrid, 39/1908, de 8 Fe- brero, pp. 555-558). Real orden de 27 de Septiembre de 1911 sobre organismo provincial que ha de autorizar los paseos y excursiones escolares [Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes] (B. O. del Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes, 81/1911, de 10 Octubre, pp. 9-10). Real orden de 20 de Marzo de 1914 aprobando el Reglamento para el régimen de la Escuela Modelo de párvulos denominada «Jardines de Infancia» [Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes] (B. O. del Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes, 30/1914, de 14 abril, pp. 16-18), Art. 2.º. Real orden de 10 de Abril de 1918 disponiendo se recomiende a los Maestros y Maestras de las Escuelas Nacionales, especialmente a los de aquellas localidades en que ya estén esta- blecidas la práctica de los paseos y excursiones escolares con sus discípulos, a cuyo efecto se les autoriza para llevarlos a cabo, con arreglo a las condiciones que se publican [Minis- terio de Instrucción pública y Bellas Artes] (Gaceta de Madrid, 103/1918, de 13 Abril, p. 135). -48- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 Real decreto de 19 de Septiembre de 1918 aprobando el Reglamento de régimen interior de las Escuelas graduadas [Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes] (Gaceta de Ma- drid, 274/1918, de 1.º Octubre, pp. 11-13). Real decreto de 2 de Junio de 1922 autorizando al Ministro de este Departamento para instalar por vía de ensayo, Escuelas Maternales modelos, con sujeción a los preceptos que se publi- can [Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes] (Gaceta de Madrid, 154/1922, de 3 Junio, pp. 828-829). I. Bibliografía Bantulà, Jaume; Bosom, Núria; Carranza, Marta; Monés, Jordi (1997). Passat i present de l’educació física a Barcelona. Barcelona: Ajuntament de Barcelona. Galera Pérez, Antonio D. (2015). Educación física y protección a la infancia en la I Restaura- ción (1875-1931). Regulaciones laborales e instituciones complementarias escolares. Ca- bás: Revista del Centro de Recursos, Interpretación y Estudios en materia educativa (CRIEME) de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria (España) [en línea], 13, junio, pp. 1-37. ISSN: 1989-5909. Recuperado de http://revista.muesca.es/articulos13/329-educacion-fisica-y-proteccion-a-la-infancia. Galera Pérez, Antonio D. (2018a). Escuela pública durante la I Restauración (1875-1931): aspectos administrativos y curriculares. Cabás: Revista del Centro de Recursos, Interpre- tación y Estudios en materia educativa (CRIEME) de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria (España) [en línea], 19, junio, pp. 17-42. ISSN: 1989-5909. Recuperado de http://revista.muesca.es/articulos19/425-escuela-restauracion. Galera Pérez, Antonio D. (2018b). Cartilla Gimnástica Infantil (1924): primer texto oficial español de educación física escolar. Materiales para la Historia del Deporte. Universidad Pablo de Olavide, Sevilla, 17, pp. 17-41, junio. ISSN: 2340-7166. Disponible en https://www.upo.es/revistas/index.php/materiales_historia_deporte/article/view/2787/2689. Galera Pérez, Antonio D. (2019). Escuela pública durante la II República (1931-1939): As- pectos administrativos y curriculares. Cabás: Revista del Centro de Recursos, Interpreta- ción y Estudios en materia educativa (CRIEME) de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria (España) [en línea], 21, junio, pp. 46-79. ISSN: 1989- 5909. Disponible en http://revista.muesca.es/articulos21/475-escuela-publica-iirepublica. García del Dujo, Ángel (1985). Museo pedagógico Nacional (1882-1941). Teoría educativa y desarrollo histórico. Salamanca: Universidad de Salamanca, Instituto de Ciencias de la Educación. Gurriarán Rodríguez, Ricardo (1982). Aportación de la Institución Libre de Enseñanza a la Educación Física del siglo XIX. Madrid: Instituto Nacional de Educación Física, 1982, 99 pp. Tesina fin de carrera, curso 1981-82; director, D. José María Cagigal Gutiérrez. [Ejem- plar mecanografiado.] Otra ed., [Santiago de Compostela], R. Gurriarán, D.L. 1996. Jiménez Gallardo, J. Manuel (1979). Historia de la Educación Física y la Gimnástica en el siglo XIX. Madrid: Instituto Nacional de Educación Física, 172 pp. Tesina fin de carrera, curso 1978-79; director, D. Francisco Cánovas Sánchez. [Ejemplar mecanografiado.] -49- http:// revista.muesca.es. ISSN 1989-5909 | Cabás nº24 diciembre 2020, págs. 24-50 DOI: https://doi.org/10.35072/CABAS.2020.25.41.001 López Serra, Francisco (1998). Historia de la Educación Física de 1876 a 1898. La Institu- ción Libre de Enseñanza. Madrid: Gymnos. Otero Urtaza, Eugenio (1996). «Virilidad, patriotismo y religión: las virtudes de la milicia en la educación de la infancia», en 'El currículum: Historia de una mediación social y cultu- ral' Actas del IX Coloquio de Historia de la Educación. Granada: Universidad / I.C.E. (Armilla, Granada, Eds. Osuna), tomo I, pp. 415-423. Torrebadella i Flix, Xavier (2015). Orígenes de la Educación Física en las escuelas públicas: El caso particular del Ayuntamiento de Barcelona durante el siglo XIX. Cabás: Revista del Centro de Recursos, Interpretación y Estudios en materia educativa (CRIEME) de la Con- sejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria (España) [en línea], 13, Junio, pp. 38-69. ISSN: 1989-5909. Disponible en http://revista.muesca.es/index.php/articulos13/330-origenes-de-la-educacion-fisica. Torrebadella i Flix, Xavier (2019). La Escuela Central de Gimnasia del Ejército de Infantería en Toledo (1919-1930). Textos y contextos en la configuración de la educación física y el deporte militar en España. Revista Universitaria de Historia Militar, 8 (16), pp. 182-206. Disponible en https://ruhm.es/index.php/RUHM/article/view/542. Viejo Carnicero, Ignacio (1996). La Educación Física en la Institución Libre de Enseñanza. Revista Española de Educación Física y Deportes, Madrid, 3 (1), pp. 31-38. -50-