Dret i Benestar Animal [102285]
Giménez-Candela, Marita
Jiménez Buendía, José Antonio
Lercier, Marine
Universitat Autònoma de Barcelona. Facultat de Dret

Títol variant: Animal Welfare Law
Títol variant: Derecho y Bienestar Animal
Data: 2018-19
Resum: Básicamente se estudia: -Políticas de enseñanza del Derecho Animal en varios países -Incidencia de la enseñanza del Derecho Animal en la sociedad 1 -Incidencia de la enseñanza del Derecho Animal en la sociedad -Integración de la enseñanza del Derecho Animal en las distintas fases de la enseñanza -Dos ejemplos concretos: -Enseñanza del derecho Animal en el Grado de Derecho -Enseñanza del Derecho Animal como Master profesionalizador y científico Los animales han sido para el Derecho, desde las regulaciones tradicionales que arrancan de fuentes romanas y medievales, cosas. Bienes de los que se puede disponer por el propietario en los mismos términos en que disfruta de cualquier otra cosa. La codificación civil sólo se ocupó de los animales en cuanto que puede recaer sobre ellos la posesión, la propiedad, objeto de los contratos o fuentes de responsabilidad. En este mismo periodo de tiempo, las ciencias de la naturaleza han explicado de un modo contundente que los animales no son una cosa más de las que existen en la naturaleza, sino seres sintientes ("sentient beings") con muchos elementos comunes con los seres humanos, capaces de sentir y sufrir. Las regulaciones, sin embargo, no han cambiado hasta los últimos años del siglo XX, cuando se ha vivido una creciente sensibilidad social. Son las nuevas normas que estiman de interés la protección de los animales, fijando reglas que disciplinan las relaciones de los hombres con ellos, pero estableciendo, como orientación, los intereses de los animales, dándoles un trato más respetuoso y atento del que amparaba la regulación plana y uniforme de la propiedad en el Código, que siempre hubiera permitido que el dueño de una cosa dispusiera de su conservación y de su destrucción, de su sufrimiento y de su muerte. Esta materia emergente del Derecho, como es la ciencia del Bienestar Animal aplicada a la regulación jurídica, ofrece a los futuros abogados, juristas, operadores jurídicos una plataforma única para formarse en una disciplina que combina la técnica jurídica con materias imprescindibles para entender el contexto socio cultural en el que se manifiesta la nueva relación ente los Animales y el Derecho. En este sentido, se incluye: 1. - Historia del estatuto jurídico de los animales en el derecho primitivo, derecho romano, medieval y moderno español hasta el Código Civil. 2. - El Código Civil: el estatuto de los animales como simple "cosa". 3. - El siglo XX: de las normas aisladas de bienestar animal al "Derecho Español del Bienestar Animal". A. - Normas esporádicas estatales muy variadas y crecimiento paulatino en el ámbito local (finales del siglo XIX a 1986); B. - Incorporación a la Unión Europea y proceso paralelo de incorporación parcial (todavía incompleta) a las políticas del Consejo de Europa. La incorporación a otras instituciones internacionales. C. - El derecho español autónomo del europeo en la segunda mitad de la década de los noventa: a) el crecimiento exponencial del derecho autonómico, a partir de la Ley de Cataluña de 1995; y b) Intentos del derecho estatal y principios creados por la práctica administrativa y judicial. 4. - Los déficits estructurales y de contenido del "Derecho Español del Bienestar Animal. " A. - La falta de principios esenciales reguladores del mínimo de obligaciones para con los animales domésticos de compañía. B. - Lanegación al Derecho de su valor simbólico: galgos, mascotas silvestres, caza de especies amenazadas, espectáculos públicos. . . y la falta de entramado institucional y sociológico soporte de este derecho. C. - La articulación de los principios generales del derecho creados por el Derecho del Bienestar Animal. 2 D. - El abandono del derecho civil como columna vertebral de los principios rectores del ordenamiento. E. - El Derecho del Bienestar Animal en la UE y en los países del Common Law.
Resum: It is essentially a study about: Animal Law in a global context Animal Welfare Law in Europe and Common Law Countries 1 Animal Welfare Law in Europe and Common Law Countries Policies for teaching animal law in various countries Impact of the teaching of Animal Law on society Integration of the teaching of Animal Law in the different phases of the teaching Two concrete examples: Teaching Animal Law in the Law Degree Teaching Animal Law as a Professional and Scientific Master's Degree Animals have been for law, from the traditional regulations that originate from Roman and medieval sources, things. Property that can be disposed of by the owner on the same terms as anything else. Civil coding only dealt with animals insofar as they may be the object of possession, ownership, contracts or sources of liability. In this same period of time, the natural sciences have explained forcefully that animals are not just another thing in nature, but sentient beings with many elements in common with human beings, capable of feeling and suffering. The regulations, however, have not changed until the last years of the 20th century, when there was a growing social sensitivity. These are the new rules that consider the protection of animals to be of interest, establishing rules that discipline human relations with them, but establishing, as a guideline, the interests of animals, giving them a more respectful and attentive treatment than the flat and uniform regulation of property in the Code, which would always have allowed the owner of a thing to dispose of its conservation and destruction, its suffering and its death. This emerging field of law, suchas the science of animal welfare applied to legal regulation, offers future lawyers, jurists and legal operators a unique platform for training in a discipline that combines legal technique with subjects that are essential for understanding the social and cultural context in which the new relationship between animals and law is manifested. In this sense, it is included: 1. - History of the legal status of animals in primitive law, Roman law, medieval and modern Spanish law up to the Civil Code. 2. - The Civil Code: the status of animals as a simple "thing". 3. - The 20th century: from isolated animal welfare standards to the "Spanish Animal Welfare Law". A. - Sporadic state norms and gradual growth at the local level (end of the 19th century to 1986); B. - Incorporation into the European Union and parallel process of partial (still incomplete) incorporation into Council of Europe policies. Incorporation into other international institutions. C. - Spanish law that was autonomous from European law in the second half of the 1990s: a) the exponential growth of autonomous law, starting with the Law of Catalonia of 1995; and b) Attempts at state law and principles created by administrative and judicial practice. 4. - The structural and content deficits of the "Spanish Animal Welfare Law". A. - The lack of essential principles regulating the minimum of obligations towards pets. B. - The denial of the Right of its symbolic value: greyhounds, wild pets, hunting of endangered species, public shows. . . and the lack of institutional and sociological support for this right. C. - The articulation of the general principles of law created by Animal Welfare Law. D. - The abandonment of civil law as the backbone of the guidingprinciples of law. 2 D. - The abandonment of civil law as the backbone of the guidingprinciples of law. E. - Animal Welfare Law in the EU and Common Law countries.
Resum: Básicamente se estudia: -El Derecho Animal en un ámbito global -El Derecho del Bienestar Animal en Europa y Países del Common Law 1 -El Derecho del Bienestar Animal en Europa y Países del Common Law -Políticas de enseñanza del Derecho Animal en varios países -Incidencia de la enseñanza del Derecho Animal en la sociedad -Integración de la enseñanza del Derecho Animal en las distintas fases de la enseñanza -Dos ejemplos concretos: -Enseñanza del derecho Animal en el Grado de Derecho -Enseñanza del Derecho Animal como Master profesionalizador y científico Los animales han sido para el Derecho, desde las regulaciones tradicionales que arrancan de fuentes romanas y medievales, cosas. Bienes de los que se puede disponer por el propietario en los mismos términos en que disfruta de cualquier otra cosa. La codificación civil sólo se ocupó de los animales en cuanto que puede recaer sobre ellos la posesión, la propiedad, objeto de los contratos o fuentes de responsabilidad. En este mismo periodo de tiempo, las ciencias de la naturaleza han explicado de un modo contundente que los animales no son una cosa más de las que existen en la naturaleza, sino seres sintientes ("sentient beings") con muchos elementos comunes con los seres humanos, capaces de sentir y sufrir. Las regulaciones, sin embargo, no han cambiado hasta los últimos años del siglo XX, cuando se ha vivido una creciente sensibilidad social. Son las nuevas normas que estiman de interés la protección de los animales, fijando reglas que disciplinan las relaciones de los hombres con ellos, pero estableciendo, como orientación, los intereses de los animales, dándoles un trato más respetuoso y atento del que amparaba la regulación plana y uniforme de la propiedad en el Código, que siempre hubiera permitido que el dueño de una cosa dispusiera de su conservación y de su destrucción, de su sufrimiento y de su muerte. Esta materia emergente del Derecho, como es la ciencia del Bienestar Animal aplicada a la regulación jurídica, ofrece a los futuros abogados, juristas, operadores jurídicos una plataforma única para formarse en una disciplina que combina la técnica jurídica con materias imprescindibles para entender el contexto socio cultural en el que se manifiesta la nueva relación ente los Animales y el Derecho. En este sentido, se incluye: 1. - Historia del estatuto jurídico de los animales en el derecho primitivo, derecho romano, medieval y moderno español hasta el Código Civil. 2. - El Código Civil: el estatuto de los animales como simple "cosa". 3. - El siglo XX: de las normas aisladas de bienestar animal al "Derecho Español del Bienestar Animal". A. - Normas esporádicas estatales muy variadas y crecimiento paulatino en el ámbito local (finales del siglo XIX a 1986); B. - Incorporación a la Unión Europea y proceso paralelo de incorporación parcial (todavía incompleta) a las políticas del Consejo de Europa. La incorporación a otras instituciones internacionales. C. - El derecho español autónomo del europeo en la segunda mitad de la década de los noventa: a) el crecimiento exponencial del derecho autonómico, a partir de la Ley de Cataluña de 1995; y b) Intentos del derecho estatal y principios creados por la práctica administrativa y judicial. 4. - Los déficits estructurales y de contenido del "Derecho Español del Bienestar Animal. " A. - La falta de principios esenciales reguladores del mínimo de obligaciones para con los animales domésticos de compañía. B. - La negación al Derecho de su valor simbólico: galgos, mascotas silvestres, caza de especies amenazadas, 2 B. - La negación al Derecho de su valor simbólico: galgos, mascotas silvestres, caza de especies amenazadas, espectáculos públicos. . . y la falta de entramado institucional y sociológico soporte de este derecho. C. - La articulación de los principios generales del derecho creados por el Derecho del Bienestar Animal. D. - El abandono del derecho civil como columna vertebral de los principios rectores del ordenamiento. E. - El Derecho del Bienestar Animal en la UE y en los países del Common Law.
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Llengua: Català, anglès, castellà
Titulació: Dret [2500786]
Pla d'estudis: Grau en Dret [949]
Document: Objecte d'aprenentatge



Català
5 p, 82.3 KB

Anglès
5 p, 75.4 KB

Castellà
5 p, 82.2 KB

El registre apareix a les col·leccions:
Materials acadèmics > Guies docents

 Registre creat el 2018-07-06, darrera modificació el 2024-04-06



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