Pregon en qve el Rey Nvestro Señor manda que toda la moneda del Perù, aunque sea de ley, se consuma dentro de dos meses, y que por cada real de a ocho del Perù de ley, en los pu estos que ha de auer para trocar, se dè otro real de a ocho labrado en estos Reynos, o en el de Mexico, o doze reales de vellon, y al mismo respecto los reales de a quatro
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Espanya ;
Felip
IV, 1605-1665 rei d'Espanya ;
García Morrás, Domingo ;
Cañizares y Arteaga, Diego de