Resum: |
Como es bien sabido, la situación que experimentan el sector audiovisual y el sector de la prensa escrita en la legislación comunitaria es radicalmente distinta: mientras que el primero es competencia de la Unión Europea, y está sujeto a directivas que pretenden su armonización, el segundo no forma parte de las competencias legales de la Unión sino que sigue siendo campo exclusivo de los legisladores nacionales. Como es bien sabido también, la causa de esta diferencia de trato -se nos dijo- radicaba esencialmente en: primero, las características transfronterizas del audiovisual (que supuestamente iban a permitir la creación de un espacio audiovisual europeo común, algo que no existe todavía, especialmente debido a las diferencias lingüísticas y culturales), mientras que, segundo, la prensa escrita quedaba supuestamente más circunscrita a sus mercados nacionales y, por lo tanto, no necesitaba una legislación europea común. . . |