El pasado jueves de 15 de octubre de 2015 se publicó en el B.O.E. la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de sociedades laborales y participadas, que deroga y sustituye a la Ley 4/1997, de 24 de marzo, de sociedades laborales. El Preámbulo justifica el cambio en dos razones. De un lado, las numerosas reformas introducidas en la Ley 4/1997. De otro, la Disposición Adicional 7.ª de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de economía social, que exigía la revisión y actualización de la norma anterior. La Ley 5/2011 regulaba las entidades de economía social y entre ellas incluía las sociedades profesionales. Por lo tanto, era necesario reforzar esta caracterización. A esos efectos la nueva disposición fomenta el acceso de los trabajadores a la condición de socios, facilita que controlen la sociedad y promueve esta modalidad societaria como el marco ideal para los nuevos emprendedores.
La Ley se estructura en tres Capítulos. El primero contiene el régimen societario; el segundo los beneficios fiscales y el tercero tiene por objeto las sociedades participadas por los trabajadores, que son anónimas o limitadas que no reúnen los requisitos necesarios para ser consideradas laborales, pero promueven el acceso de los trabajadores al capital.