Abril

RDGRN 9-4-2015 (BOE de 4-5)

Palabras clave: Fusión de sociedades unipersonales con el mismo socio y derecho de información

Controversia: Se discute si el otorgante “debe manifestar que ha sido puesto a disposición de los acreedores el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, conforme a los artículos 43.1 de la LME y 227.1.1.ª, inciso final RRM. El Notario recurrente alega que si se acredita que la comunicación individual enviada a los  acreedores contiene la puesta a disposición de éstos de tales documentos no es necesario reiterar en la escritura que se ha cumplido efectivamente esa obligación de información».

Resultado:  Se desestima el recurso

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